Ante el reciente fallo de la justicia de entregar a Matilde a otros guardadores mientras se concreta su adopción definitiva, cabe concluir que aquí se postergó el interés del niño, que a esta edad es de naturaleza plenamente afectiva, priorizando una norma de dudosa fundamentación, porque, ¿cuál es la razón de fondo que impide a una familia guardadora adoptar a un niño?
Lo que hasta aquí se ha escuchado es que sería injusto que las familias que cumplen requisitos rigurosos y que gastan uno o dos millones de pesos en las pericias sicológicas exigidas, se vean postergadas por un guardador que incluso, ha recibido dinero por la guardería. Pero ese es un argumento inadmisible, porque, se desvía a una competencia entre adultos, sin importar el daño que produce en el equilibrio afectivo del niño, que es el valor fundamental que busca, justamente, el sistema de adopción.
El enfoque sistémico permite clarificar la situación. No cabe duda que las conductas humanas son finalistas, trabajan y caminan buscando un objetivo, y tal como dice el proverbio, son muchos los caminos que conducen a Roma. En otras palabras, que es el resultado lo más importante, porque el proceso está en función de él.
Si bien es cierto que los futuros padres adoptantes cumplen una serie exigente de requisitos que intentan demostrar su idoneidad, no lo es menos que ésta sólo quedará demostrada en la práctica, porque habría que saber la cifra de adoptantes que renuncian, por las razones que sean, a la adopción ya obtenida. Este sería, en el enfoque sistémico, un análisis de proceso (que no asegura el resultado)
En cambio, las familias guardadoras han demostrado en la práctica un resultado: su idoneidad en el trato con los menores. Es decir que en estos casos el estudio "teórico" de idoneidad está reemplazado con creces por la práctica, porque, aunque resulte redundante insistir, lo que demuestra la práctica no se investiga, porque es un criterio de realidad
Si quisiéramos ser un poco más agudos en el análisis, se podría concluir que las motivaciones de adoptantes y guardadores pudieran tener un distinto perfil. Cualquier sicólogo infantil puede demostrar que la relación madre/hijo, sobretodo en nuestra sociedad, tiende a ser posesiva y por ende, a tener un sesgo egocéntrico. En las guardadoras, en cambio, su quehacer está definido por el servicio, por la temporalidad y no por la posesión del niño, por lo que cada vez que una guardadora establece un lazo afectivo poderoso con él niño, esta relación debería ser priorizada.
Se conocen casos en que la entrega a la familia adoptante, si bien obtenida coercitivamente, ha sido renunciada al constatar el sufrimiento del niño separado de sus "padres" guardadores, actitud encomiable que no hace sino demostrar lo que se conoce desde antiguo, que la legalidad inflexible, excesiva, produce daño: Summum jus, summa injuria.
En lo que no puede caber duda alguna es en la imperiosa necesidad de modificar la legislación de adopción, realimentándola con los datos del funcionamiento del sistema y con una mejor asesoría sicológica.
miércoles, 21 de octubre de 2009
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